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ADMISIÓN

Podrán pertenecer a la Asociación y adquirir la condición de Perito Criminólogo, aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación:
Titulados Universitarios en Criminología: Diplomados, Graduados y Licenciados

Que además dispongan de una especialidad y experiencia contrastada en el ámbito Pericial considerada suficiente por ANPC

Los Títulos Universitarios reconocidos por ANPC deberán cumplir los siguientes requisitos:
Diplomados en Criminología

En España, el que cumpla con los requisitos de los apartados a), b) y c) del punto Segundo de la O. M. 19 de noviembre de 1996 (BOE de 27 de noviembre) y demás regulaciones que determinen la equivalencia como Diplomado Universitario de primer ciclo. En el caso de titulaciones extranjeras que tengan planes de estudios equivalentes y que la Junta Directiva acuerde su idoneidad

Graduados en Criminología

El que cumpla con los requisitos del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En el caso de titulaciones extranjeras que tengan planes de estudios equivalentes y que la Junta Directiva acuerde su idoneidad.

Licenciados en Criminología

El que cumpla con los requisitos contenidos en el Real Decreto 858/2003 por el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Criminología y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a su obtención. En el caso de titulaciones extranjeras que tengan planes de estudios equivalentes y que la Junta Directiva acuerde su idoneidad.

Peritos Judiciales Titulares de Colegios Profesionales

Legalmente establecidos en territorio Español. ( LECrim – Artículo 457). La Junta de Gobierno de ANPC deberá decidir sobre la idoneidad y afinidad de la Especialidad al ámbito Criminológico

Peritos Judiciales no titulares

( LECrim – Artículo 457) en activo, debidamente reconocidos, con una experiencia mínima de ejercicio de 5 años en los Tribunales de Justicia. Se deberá aportar a la Asociación la documentación acreditativa de los procedimientos en los cuales haya intervenido el Perito Judicial en los Tribunales de Justicia Españoles. La Junta Directiva resolverá sobre idoneidad y afinidad de la Especialidad al ámbito Criminológico.

Peritos Judiciales Titulados por el Centro de Formación Institucional del ANPC

Tendrán acceso directo los alumnos titulados en los Niveles Superiores de Experto, Especialista o Máster dentro de las ramas de la Pericia Judicial, por el Campus Internacional de Inteligencia y Pericia CIIP, y que además dispongan del Título de Diplomado, Graduado o Licenciado Universitario. Los titulados Superiores por el Campus CIIP que hayan accedido a los estudios por la vía profesional, además de presentar el título Superior del Campus CIIP, deberán presentar el título de Bachiller o acceso a la Universidad y demostrar su experiencia profesional de al menos 5 años en el ámbito de la Pericia Judicial mediante la documentación oficial pertinente.

Miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con formación en el ámbito Pericial

Ciencias Forenses y de Policía Científica con un mínimo de 3 años de experiencia y que la Junta Directiva acuerde su idoneidad.

Información adicional

Independientemente de la procedencia o preparación académica o técnica, todo socio de nueva incorporación por la vía de la Titulación Universitaria en Criminología, deberá realizar el curso de formación en Experto en Criminología Forense por el CIIP, para adquirir posteriormente la condición de Criminólogo Forense por ANPC.

No obstante, serán admitidos en ANPC como Criminólogos Forenses y estarán exentos de realizar el curso de Experto en Criminología Forense, los Titulados Universitarios en Criminología que además tengan algún Titulo Superior del CIIP en el ámbito Pericial. Es decir, en sus niveles de Experto, Especialista o Máster.

Los alumnos que provengan directamente del CIIP, de programas de nivel Superior y no sean Criminólogos y deseen ingresar en ANPC como Peritos Judiciales de los Tribunales de Justicia en ANPC, también tendrán acceso directo, ya que estos cursos Superiores contienen la asignatura de Derecho para Peritos. No obstante, los alumnos que realicen en el CIIP algún curso de nivel de Diploma profesional, homologado por la Asociación para el ejercicio profesional, deberán complementar la formación realizando el curso de Derecho para Peritos de los Tribunales de Justicia impartido por el CIIP. En cualquiera de los casos, además deberán cumplir siempre con los requisitos del punto d)

Los Especialistas en alguna materia Pericial y que sean considerados aptos por la Junta de Gobierno para ingresar como Peritos Judiciales de los Tribunales de Justicia, por su formación y experiencia profesional, deberán realizar el curso de Derecho para Peritos de los Tribunales de Justicia.

En supuestos especiales como Licenciados en Derecho y Graduados Sociales, que además estén como ejercitantes en sus respectivos Colegios Profesionales y tengan alguna especialidad y experiencia en el ámbito pericial y la Junta de Gobierno de ANPC apruebe su idoneidad para el ingreso como Peritos Judiciales de los Tribunales de Justicia, estarán exentos del requisito de la realización del curso de Derecho para Peritos de los Tribunales de justicia.

NOTA IMPORTANTE

La experiencia en el ejercicio como Perito Judicial deberá documentarse con los nombramientos y aceptaciones de los cargos en los distintos Tribunales de Justicia. No es válida la certificación de cualquier Asociación de Peritos judiciales, ya que actualmente hay muchos peritos inscritos en diferentes colectivos que no ejercen la función real de Perito Judicial.

Desde ANPC estamos en contra de estos colectivos de perfil mercantilista que básicamente se dedican a vender cursos de bajo perfil a alumnos sin formación de base, prometiéndoles el ejercicio profesional como Peritos Judiciales a sabiendas que no están preparados, con el agravante de introducirlos en listados que posteriormente envían a los tribunales siendo conocedores que no les van a  llamar. También dotan a sus afiliados de credenciales que solo deben utilizarse cuando se está en activo y de servicio y que estos colectivos fomentan de manera indirecta una utilización indebida.

Hay que recordar que el Perito Judicial o Perito Forense es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los tribunales de justicia sobre los puntos litigiosos que son materia de su Dictamen o Informe.